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Manual de Organización
CONTENIDO
PRESENTACIÓN
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MARCO LEGAL
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PERSONALIDAD, OBJETO Y ATRIBUCIONES
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PERSONALIDAD
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OBJETO
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ATRIBUCIONES
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ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL
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JUNTA DIRECTIVA
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PATRONATO UNIVERSITARIO
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RECTORÍA
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COMITÉ DE VINCULACIÓN
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COLEGIO ACADÉMICO
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SECRETARÍA PARTICULAR DE LA RECTORÍA
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ABOGADO GENERAL
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UNIDAD INSTITUCIONAL DE PLANEACIÓN
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DEPARTAMENTO DE ESTADÍSTICA
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DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN
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DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN UNIVERSITARIA
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SECRETARÍA ACADÉMICA
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DIRECCIÓN ACADÉMICA
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DIRECCIÓN DE APOYO ACADÉMICO
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DIRECCIÓN DE SERVICIOS ESCOLARES
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SECRETARÍA EXTENSIÓN UNIVERSITARIA Y SERVICIOS SOCIAL
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DIRECCIÓN DE DIFUSIÓN CULTURAL
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DIRECCIÓN DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
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DIRECCIÓN DE VINCULACIÓN
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SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
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DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
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DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES
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DIRECCIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS
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CONSEJOS TÉCNICOS DIVISIONALES
DIVISIONES ACADEMICAS
DEPARTAMENTO ACADEMICO
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DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
PRESENTACIÓN
Un adecuado modelo de organización será aquel que responda a las condiciones y características del entorno social, así como a los objetivos, políticas, normas y recursos humanos, materiales y financieros de la Universidad. Por ello, deberá ser integral, flexible y con capacidad de innovación.
Se propone en este contexto, una organización académico-administrativa que integre una estructura orgánica funcional sobre la cual se sustente el desarrollo de la funciones sustantivas de docencia, investigación, difusión cultural y extensión universitaria a la que se promueve la constante vinculación de esta funciones con los sectores público, privado y social.
La Universidad de la Chontalpa propone una estructura administrativa que coadyuva al desarrollo organizacional de la Institución. Esta plantea una organización académico-administrativa departamental por ser la que favorece el logro de formar a los profesionales de excelencia y con un alto grado de responsabilidad social que el sector productivo requiere.
El modelo departamental privilegia el trabajo académico colegiado y la organización de los profesores, al tiempo que apoya la investigación y el mejoramiento en el sistema de estudio. Con este modelo se establece un fortalecimiento de la estructura de las divisiones con el objetivo de desahogar las cargas académico-administrativas que distraen de las tareas sustantivas, así como buscar el equilibrio en docencia, investigación y difusión.
Los Departamento Académicos se conciben como Unidades Orgánicas que agrupan a profesionales colegiadamente responsables de la docencia, la investigación y la difusión en un campo del conocimiento o en campos afines. Al interior de cada Departamento se establecen áreas académicas que agrupan materias particulares, de acuerdo al principio de afinidad. El grupo de profesores de un área constituye la Academia de la misma.
Los programas de docencia, investigación, vinculación y difusión se adscriben para su manejo a un departamento.
I.- MARCO LEGAL
En atención a la solicitud de registro y regularización de una Institución de Educación Superior que operaba en el municipio de Cárdenas, Tabasco, presentada ante el Gobierno del Estado por el H. Ayuntamiento del citado Municipio, y en cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 3° Constitucional, referente a la responsabilidad del Estado de fomentar el desarrollo pleno de las personas mediante una educación que con criterios de calidad, pertinencia y equidad contribuya efectivamente a producir mejores condiciones de vida, la Federación, el Estado de Tabasco y el Municipio de Cárdenas decidieron coordinar esfuerzos a fin de consolidar y desarrollar una Institución de Educación Superior denominada Universidad Popular de la Chontalpa. La creación de dicha institución se formaliza en el Decreto No. 112, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Tabasco No. 13066 del 7 de noviembre de 1998.
La creación de la Universidad Popular de la Chontalpa se realiza de conformidad con las estrategias del Programa de Desarrollo Educativo 1995-2000, orientadas a la promoción y apoyo a la creación de nuevas instituciones de enseñanza media y superior donde la demanda rebase la capacidad instalada y existan condiciones favorables para el buen desempeño educativo, propiciando además la descentralización de los servicios. El citado programa menciona también la corresponsabilidad de los gobiernos federal y estatal en la creación y operación de nuevas instituciones públicas.
II.- PERSONALIDAD, OBJETO Y ATRIBUCIONES
II.I PERSONALIDAD
La Universidad Popular de la Chontalpa es un organismo público descentralizado del gobierno del Estado de Tabasco, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene como cabeza de sector a la Secretaría de Educación. Está integrado fundamentalmente por personal docente, investigadores, personal administrativo y alumnos; y tendrá por finalidad impulsar y consolidar la Educación Superior, así como realizar la investigación científica y tecnológica que contribuya a elevar la calidad académica de la educación en sus niveles de Profesional Asociado, Licenciatura y Posgrado, de acuerdo a los requerimientos del sector productivo de bienes y servicios y al proceso de desarrollo regional, estatal y nacional.
II.II OBJETO
La Universidad Popular de la Chontalpa tiene por objeto:
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Formar profesionales asociados, licenciados y posgraduados con amplia formación humana y nacionalista, así como elevado compromiso social, aptos para la aplicación de conocimientos que incidan en la solución de problemas con sentido de innovación en los avances científicos.
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Desarrollar estudios o proyectos en las áreas de su competencia, que se traduzcan en aportaciones concretas que contribuyan al mejoramiento y mayor eficiencia de la producción de bienes y/o servicios y a la elevación de la calidad de vida de la comunidad.
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Desarrollar programas en beneficio de la comunidad.
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Promover la investigación y la cultura.
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Vincularse con los sectores público, privado y social, para contribuir con el desarrollo social de la comunidad.
La educación que se imparte en la Universidad se orientará a formar profesionistas altamente calificados, promotores del desarrollo comunitario, respetuoso de las leyes, que fortalezcan sus valores, y a través de la vida democrática y el trabajo productivo se conviertan en ciudadanos comprometidos, y desplieguen todo su potencial humano a favor de la región, de Tabasco y de México, con visión universal.
II.III ATRIBUCIONES
Para el cumplimiento de su objeto, la Universidad Popular de la Chontalpa tiene las siguientes atribuciones:
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Ofertar educación superior en el nivel 5 de la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación, “ISCED”, con una duración no menor de 2 años posteriores al bachillerato, conducente a la obtención del título de Profesor Asociado, y carreras en el nivel 6 del “ISCED” tendientes a la obtención del grado de licenciatura, respecto de las carreras y modalidades educativas que la Comisión Estatal para la Planeación de la Educación Superior “COEPES” dictamine procedentes, y conforme a los planes y programas de estudios que determine el Gobierno del Estado a través de la Secretaría de Educación, los cuales deberán garantizar una formación profesional y una cultura científica;
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Realizar como complemento a sus tareas fundamentales de educación superior, acciones de capacitación al sector productivo de bienes y servicios, como una forma de estimular la generación de recursos propios;
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Organizar actividades que permitan a la comunidad el acceso a la cultura en todas sus manifestaciones;
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Impulsar la investigación en todos los campos de las áreas del conocimiento que ofrezca;
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Crear un órgano colegiado de vinculación con el sector productivo de bienes y servicios con la presencia de representantes de dicho sector;
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Acreditar y certificar el saber demostrado, de acuerdo con la normatividad que el efecto determine la Secretaría de Educación.
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Celebrar convenios, acuerdos y contratos con los sectores públicos, social y privado y con las tres instancias de Gobierno para la realización de sus fines y objetos;
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Revalidar y establecer equivalencias de los estudios realizados en otras instituciones educativas y extranjeras, de conformidad con la normatividad aplicable;
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Promover con Instituciones de Educación Superior la celebración de convenios orientados a establecer equivalencias de estudios entre los realizados en la Universidad y los correspondientes a carreras profesionales a fines que se impartan en aquellas, para el logro de créditos; y el acceso a centros o laboratorios para participar en proyectos de apoyos recíprocos, con el propósito de facilitar a sus egresados que así lo deseen, continuar o realizar estudios conducentes a la obtención de otros grados académicos, los cuales podrán ser otorgados por las instituciones de Educación Superior, previamente cumplidos los requisitos que estas establezcan;
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Establecer procedimientos de selección e ingreso de los alumnos y las normas para su permanencia en la institución;
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Administrar su patrimonio conforme a lo que disponga su ordenamiento y disposiciones aplicables;
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Instrumentar los procedimientos de ingreso, permanencia y promoción de su personal, de acuerdo con los perfiles requeridos por cada puesto o función; e implementar un programa de mejoramiento del profesorado.
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Capacitar y actualizar a su personal técnico y administrativo.
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Organizar y desarrollar programas de intercambio académico y colaboración profesional con organismos e instituciones culturales, educativas, científicas o de investigación nacionales y extranjeras;
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Promover y organizar programas de prestación del servicio y practicas profesionales de estudiantes en beneficio de la comunidad;
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Expedir las disposiciones necesarias con el propósito de hacer efectivas las facultades que se le confieren para el cumplimiento de su finalidad;
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Evaluar la prestación del servicio educativo a su cargo;
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Desarrollar un sistema de seguimiento de egresados; y
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Ejercer las demás que sean afines con las anteriores.
III.- ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL
JUNTA DIRECTIVA
ORGANO COLEGIADO
OBJETIVO: Establecer las políticas y lineamientos para el desarrollo de las actividades de la Universidad, así como nombrar, suspender y remover al personal de confianza de la misma, a propuesta del Rector.
FUNCIONES:
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Aprobar el Reglamento Interior.
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Analizar y, en su caso, aprobar los proyectos académicos que le sean presentados y los que surjan en su propio seno.
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Expedir los reglamentos , estatutos, acuerdos y demás disposiciones de su competencia.
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Estudiar y, en su caso, aprobar las propuestas de creación de nuevas carreras y modalidades, así como los planes y programas de estudio que serán presentados respectivamente a la Comisión Estatal de Planeación de la Educación Superior, COEPES, y la Secretaría de Educación para su determinación.
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Integrar comisiones de análisis de los problemas de su competencia.
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Examinar y, en su caso, aprobar el proyecto anual de ingresos y el correspondiente a los egresos, así como la asignación de recursos humanos y materiales que apoyen su desarrollo, vigilar su ejercicio y el envío mensual de los estados financieros respectivos al Gobierno del Estado, sobre los recursos otorgados para su funcionamiento.
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Analizar y, en su caso, aprobar la cuenta de ingresos y egresos de la Institución y solicitar a la autoridad competente la designación del Auditor Externo que dictamine sus estados financieros.
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Conocer y, en su caso, aprobar los informes generales y especiales que debe presentar el Rector.
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Crear los Órganos Colegiados expidiendo para tal efecto el Reglamento que rija su funcionamiento.
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Proponer al Titular del Ejecutivo Estatal la terna para la designación del Rector de la Universidad.
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Solicitar al Gobierno del Estado su apoyo para la celebración de convenios, acuerdos y contratos con los sectores público, social y privado para la ejecución de acciones en materia de política educativa.
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Dirimir y resolver los conflictos que surjan entre las autoridades universitarias, maestros y alumnos.
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estará integrado conforme lo establece el Decreto de Creación de la Universidad.
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Las demás que le sean conferidas en los ordenamientos de la Universidad.
PATRONATO UNIVERSITARIO
ORGANO COLEGIADO
OBJETIVO: Asesor y apoyar a las autoridades universitarias en sus programas y proyectos de desarrollo financiero, promover y realizar programas tendientes al mayor incremento del patrimonio de la Universidad y gestionar el aumento de sus ingresos a través de las actividades a su cargo.
FUNCIONES:
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Opinar sobre los aspectos técnicos y financieros del ejercicio presupuestar.
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Coadyuvar con las autoridades de la Universidad en todas aquellas actividades que tiendan a la conservación, incremento y control del patrimonio de la misma.
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Conocer, promover y supervisar la actualización del inventario de los bienes muebles e inmuebles de la Universidad.
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realizar las actividades que sean necesarias para el debido cumplimiento de sus funciones, y demás que le sean conferidas por las autoridades respectivas y ordenamientos universitarios.
RECTORÍA
Subsistema: Regulativo
Dependencia Directa: Junta Directiva
Puesto: Rector
OBJETIVO: Dirigir, administrar y coordinar la realización de las actividades de docencia, investigación, difusión, apoyo y administración de la universidad, así como las de servicios que promuevan el desarrollo de la comunidad, vigilando el cumplimiento de la misión, orientaciones fundamentales y normas contenidas en los ordenamientos universitarios y en las demás que emanen de la Junta Directiva.
FUNCIONES:
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Conducir el funcionamiento de la Universidad vigilando el cumplimiento de los programas de trabajo.
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Representar legalmente a la Universidad.
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Cumplir y hacer cumplimiento de las disposiciones descritas en los ordenamientos de la Universidad.
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Presentar trimestralmente a la Junta Directiva un reporte del estado que guarde el presupuesto.
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Enviar mensualmente al Gobierno del Estado los estados financieros referentes a los recursos otorgados para el funcionamiento de la Universidad.
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Informar trimestralmente al Patronato y a las principales fuentes de financiamiento de la Universidad sobre el destino dado a los recursos financieros.
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Rendir anualmente a la Junta Directiva un informe de las actividades realizadas por la Universidad en el ejercicio anterior, acompañándolo de un balance general contable y los demás datos financieros que sean necesarios.
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Suscribir, previa autorización de la Junta Directiva, convenios, acuerdos y contratos que celebre la Universidad con los tres órdenes de Gobierno y con los diferentes sectores de la sociedad.
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Proponer a la Junta Directiva el nombramiento, suspensión o remoción del personal de confianza de la Universidad.
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Designar, en términos del reglamento respectivo, al personal Académico y Administrativo cuyo nombramiento no corresponda a la Junta Directiva.
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Concurrir con voz a las sesiones de la Junta Directiva y cumplir y hacer cumplir las disposiciones generales y acuerdos de la misma.
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Orientar el desarrollo institucional en el contexto de la Planeación Nacional Educativa y de acuerdo a las necesidades económicas, sociales y políticas de la región y del Estado.
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Establecer programas de evaluación que permitan conocer los niveles de eficiencia y de acuerdo a las necesidades económicas, sociales y políticas de la región y del Estado.
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Administración y cuidar el patrimonio universitario.
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Presidir el Comité de Vinculación, delegando ésta función en el Secretario Académico cuando lo considere conveniente.
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Ejercer el presupuesto de ingresos y egresos de la Universidad.
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Firmar conjuntamente con el Secretario Académico los Títulos, Diplomas y Grados Académicos otorgados por la Universidad.
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Elaborar y difundir los manuales administrativos, previa autorización de la Junta Directiva.
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Las demás que le confiera la Junta Directiva y las disposiciones legales aplicables.
COMITÉ DE VINCULACIÓN
ORGANO COLEGIADO
OBJETIVO: Impulsar la vinculación permanente de las actividades sustantivas de la Universidad con el sector productivo de bienes y servicios.
FUNCIONES:
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Promover la participación organizada de miembros distinguidos de los sectores público, privado y social, a fin de escuchar sus opiniones sobre el quehacer y trascendencia de la Universidad en el entorno social, con miras a conseguir el constante mejoramiento de la calidad de los servicios que presta la Institución.
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Diseñar e implementar estrategias encaminadas a propiciar el diálogo constante y comprometido entre la Sociedad, el Estado y la Universidad.
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Propiciar la participación social para el establecimiento, consolidación y desarrollo de acciones tendientes a lograr la congruencia entre los programas de estudio y proyectos de investigación de la Universidad con las necesidades del entorno.
COLEGIO ACADÉMICO
ORGANO COLEGIADO
OBJETIVO:Fungir como instancia de consulta del Rector y de coordinación para funcionarios académicos de las Divisiones Académicas.
FUNCIONES:
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Designar, a propuesta de las Divisiones, a los integrantes de los comités de diseño y revisión de planes de estudio.
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Conocer de los asuntos que trasciendan en nivel de una Dirección de División
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Estudiar y opinar acerca de los proyectos e iniciativas que le sean presentados por las diferentes instancias de la Universidad.
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Vigilar el cumplimiento de criterios fijados por la Legislación Universitaria, referentes a la evaluación del personal académico, funcionarios y alumnos.
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Realizar las actividades necesarias para el debido desempeño de las funciones, con apego a la Legislación Universitaria.
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Asesorar al Rector en lo referente a los asuntos de su competencia.
SECRETARÍA PARTICULAR DE LA RECTORÍA
Subsistema: Regulativo
Dependencia Directa: Rectoría
Puesto: Secretario Particular de la Rectoría
OBJETIVO: Apoyar al Rector en la programación, organización y control de las actividades propias del cargo.
FUNCIONES:
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Ser el responsable del control de la agenda de citas, compromisos y acuerdos a sus indicaciones.
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Llevar el control de actas, acuerdos y resoluciones emitidas por la Rectoría.
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Atender los asuntos que por su naturaleza no requieran la atención personal del Rector.
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Administrar la correspondencia recibida en la Universidad, distribuyéndola entre las dependencias correspondientes, contestar la que a consideración del Rector le haya sido asignada y entregar a éste la que la requiera de su atención personal.
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Informar al rector de los acontecimientos ocurridos en la Universidad durante sus ausencias.
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asistir a los eventos que el Rector le indique.
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Realizar las actividades necesarias para el objeto el debido cumplimiento de sus funciones y demás que le sean conferidas por el Rector y los ordenamientos universitarios.
ABOGADO GENERAL
Subsistema: Regulativo
Dependencia Directa: Rectoría
Puesto: Abogado General
OBJETIVO: Representar legalmente a la Universidad, encargándose de los asuntos contenciosos y de jurisdicción voluntaria en que se esté involucrada y, en general, de la defensa de los intereses de la Institución; así como de sentar las bases del marco jurídico y legislativo de la Institución.
FUNCIONES:
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Representar legalmente a la Universidad en asuntos judiciales.
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Defender y patrocinar a la Universidad en todas las instancias de los juicios que promuevan o que se promuevan contra ella, con motivo de la aplicación, cumplimiento e interpretación de los contratos que celebre o de los actos jurídicos que promueva, o que se promuevan en su contra.
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Asesorar jurídicamente al Rector.
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Atender las consultas jurídicas que le planteen las autoridades de la Universidad, con relación a asuntos universitarios.
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Elaborar, registrar, dar seguimiento y controlar los convenios y contratos celebrados por la Universidad, así como los acuerdos emitidos por el Rector.
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Sancionar todos los documentos que generen compromisos jurídicos para la Universidad.
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Dictaminar sobre la interpretación de la Legislación Universitaria.
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Proponer los proyectos de reformas a la legislación Universitaria.
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Proporcionar la información, documentación y estudios sobre la legislación Universitaria, que le sean requeridos para su difusión.
-
Atender las quejas presentadas por los miembros de la comunidad universitaria por violaciones a sus derechos universitarios.
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Participar en las comisiones que tengan relación con la Legislación Universitaria.
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Asesorar a las dependencias universitarias en lo referente a la aplicación de las disposiciones normativas generales de la Universidad.
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Presentar por escrito al Rector, con copia a la Unidad Institucional de Planeación, su programa anual de actividades.
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Realizar las actividades que le sean asignadas por el Rector.
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Realizar las actividades necesarias para el debido cumplimiento de sus funciones y demás que le confieran los ordenamientos de la Universidad.
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